El Indecopi sancionó a las
compañías Kimberly Clark Perú y Protisa por concertar precios en el mercado de
papel higiénico. No obstante, la decisión que emitió el ente regulador
contemplaba también exonerar y reducir las multas impuestas a ambas compañías.
¿Por qué ocurrió esto?
Como se ha informado, las
empresas concertaron precios entre 2005 y 2014 y el alza que impusieron a sus
clientes, en algunos casos, fue de hasta un 20%. Por ello, la Comisión de
Defensa de la Libre Competencia del Indecopi dispuso, en primera instancia, una
multa de S/171,7 millones a Kimberly Clark Perú y de S/104,1 millones para
Protisa. También se ordenó que ambas compañías implementen un programa de
cumplimiento de las normas de libre competencia y se multó a 14 personas
involucradas en el proceso por un monto total de S/1,1 millones.
Sin embargo, el Indecopi señaló
que debido a que tanto Kimberly Clark Perú como Protisa se acogieron al
Programa de Clemencia, la primera fue exonerada de la multa y la segunda solo
pagará el 50%. ¿Fue válido este procedimiento?
Concertación de precios ¿Por qué
no multan a Kimberly Clark?
Pierino Stucchi, socio director
del Área de Competencia del estudio Muñiz, explicó a El Comercio que cuando las
empresas se someten al mencionado programa para develar una conducta que va en
contra de la libre competencia, reciben un beneficio.
"El Programa de Clemencia
está diseñado para personas y empresas que se reconocen y se saben culpables.
Entonces, suscriben un compromiso con el Indecopi para cumplir deberes de
colaboración -una suerte de colaborador eficaz- para que se descubra en su
integridad la medida contraria a la competencia y se pueda corregir. En
correspondencia de esos deberes de colaboración, reciben un beneficio. El primero
que suscribe el compromiso se exonera completamente de la multa porque está
colaborando para que se corrija la conducta. El segundo hasta el 50% de la
multa y de allí lo que viene es hasta el 30%", refirió el abogado.
Stucchi consideró que el programa
es eficaz porque ayuda a detectar completamente la conducta anticompetitiva y
tiene un efecto aleccionador entre las empresas y las personas. "Si las
malas prácticas se mantienen parcial o completamente escondidas en este
mecanismo de colaboración, llamada delación o Programa de Clemencia, habría
muchas cosas que no sabríamos y entonces no se podrían corregir las conductas
anticompetitivas completamente", agregó.
ACCIÓN LEGAL
Por otro lado, el letrado indicó
que la aplicación de este programa no limita la posibilidad de interponer una
demanda contra las compañías.
"Cualquiera que se haya
sentido afectado por las empresas y acrediten un perjucio por la concertación
de precios, pueden iniciar un proceso legal para obtener una reparación.
Entonces, [el Programa Clemencia] no termina siendo una exoneración completa
porque lo que está detrás es el reconocimiento de haber desarrollado la
conducta y en consecuencia podría haber responsabilidad civil de parte de las
empresas", concluyó Stucchi.

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